Paola Ahumada Contreras, políticas chilenas: un largo camino
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superior, lo cual es explicado por dos factores: la alta
deserción escolar durante la enseñanza básica, y la
edad de las personas con discapacidad. Del total de
estudiantes que accedieron a la educación superior, dos
de cada tres ingresan a la universidad. Sin embargo, un
60 % de ellos no completó sus estudios lo que implica
que existen problemas no sólo a la hora del acceso sino
además en la retención. La discapacidad más frecuente
se relaciona con problemas de visión (67 %), seguida
de limitaciones de desplazamiento (39 %), problemas
de audición (20 %), relaciones con otros (18 %), cuidado
personal (14 %), comprensión y comunicación (14 %).
Además, la condición socioeconómica es identicada
como una variable que afecta signicativamente el
acceso a la educación superior de este grupo; por
tanto, la suma de las dos condiciones determina una
doble vulnerabilidad y exclusión. A nivel nacional como
internacional, el concepto de “inclusión” ha tomado un
protagonismo único, relevante e indispensable en los
diversos ámbitos sociales. Siendo la transformación
evolutiva del paradigma de integración. En este
marco, la Organización de las Naciones Unidas para
la Educación, la Ciencia y la Cultura, en el año 2017,
ha denido la inclusión como: “proceso que ayuda
a superar los obstáculos que limitan la presencia, la
participación y los logros de los estudiantes”.
Por su parte, según el Informe Mundial sobre la
Discapacidad de la Organización Mundial de la Salud
(OMS, 2011), existe aproximadamente un 15 % de la
población con algún grado de discapacidad. Donde la
Convención sobre los Derechos de las Personas en
Situación de Discapacidad (ONU, 2007), declara la
importancia de hacer efectivo el derecho a la educación,
con un énfasis en la inclusión en todos los niveles de
enseñanza.
La ley 20.370/2010 establece la Ley General de
Educación con el objetivo de tener un sistema educativo
caracterizado por la equidad y calidad de su servicio,
donde el sistema propenderá a asegurar que todos/as
los/as estudiantes tengan las mismas oportunidades de
recibir una educación de calidad, con especial atención
en aquellas personas o grupos que requieran apoyo
especial. Lo anterior se resguarda en la modalidad
escolar básica y media, no así para las Instituciones de
Educación Superior (IES).
“El promedio de años de estudio para las personas que
están en situación de discapacidad es de 8,6 años,
mientras que, para las personas que no están bajo
esa situación, es de 11,6 años, evidenciando que las
personas en situación de discapacidad estudian, en
promedio, menos años que la mientras que, para las
personas que no están bajo esa situación, es de 11,6
años, evidenciando que las personas en situación de
discapacidad estudian, en promedio, menos años que
la población nacional (11 años)” (II Estudio Nacional de
la Discapacidad, ENDIS II, 2015).
Lo que evidencia que las personas en situación de
discapacidad presentan bajos niveles de escolaridad,
disminuyendo sus posibilidades educacionales como
laborales. Por tanto, la presidenta de la República
de Chile, Michelle Bachelet, promulga en el año
2010, la ley N° 20.422, que asegura el derecho a
la igualdad de oportunidades de las personas que
presentan discapacidad. Asimismo, en el año 2015, es
promulgada la ley N° 20.845 de Inclusión escolar que
regula la admisión de los y las estudiantes, elimina
el nanciamiento compartido y prohíbe el lucro en
establecimientos educacionales que reciben aportes
del Estado. Igualmente, el mismo año se establece
el Decreto 83, que da cuenta de la Diversicación de
los Aprendizajes (DUA), como de las adecuaciones
curriculares que los docentes requieran hacer,
respetando las individualidades, ritmos y estilos de
aprendizajes de todos/as los/as estudiantes a nivel de
la educación Inicial como Básica. Sin embargo, no se
incorpora en esta instancia a la enseñanza Media ni
a la Educación Superior, viéndose afectados/as los/
as estudiantes que presentan alguna situación de
discapacidad en estos niveles educativos.
En la actualidad, las instituciones de educación superior,
realizan ingresos a sus diversas carreras técnicas
como de pregrado, por vías de admisión especial en la
mayoría de los casos, ya que la Prueba de Selección
Universitaria (PSU) dirigida por la Dirección de
Evaluación, Medición y Registro Educacional (DEMRE),
recientemente permite a los/as postulantes en situación
de discapacidad, tengan el derecho a solicitar que se
les proporcione los ajustes necesarios que se requieren